Desbloqueo de cuentas
Procedimiento oficial de revisión administrativa para cuentas sujetas a medidas cautelares en el marco del Reglamento (UE) 2023/1114 y la normativa AML aplicable.
Motivos frecuentes de bloqueo
Operaciones sospechosas
Detectadas mediante sistemas automáticos de monitoreo AML/KYC o alertas de blockchain forense.
Verificación de identidad incompleta
Documentación KYC caducada, ilegible o incongruente con el titular declarado.
Obligaciones documentales pendientes
Falta de justificación del origen de fondos o de la naturaleza de la operación.
Requerimiento judicial o administrativo
Orden de bloqueo cautelar dictada por autoridad competente en un procedimiento en curso.
Fases del procedimiento
- 1Solicitud
El titular presenta la solicitud oficial de desbloqueo aportando los datos identificativos.
- 2Verificación documental
La unidad revisa la documentación KYC, prueba de residencia y origen de fondos.
- 3Revisión de cumplimiento
Análisis AML sobre las operaciones asociadas y evaluación del perfil de riesgo.
- 4Investigación adicional
Si procede, colaboración con autoridades para confirmar la trazabilidad de los fondos.
- 5Resolución
Notificación motivada de aprobación, requerimiento adicional o desestimación.
15 a 45 días hábiles en régimen ordinario. Hasta 90 días en expedientes con requerimientos adicionales.
Consultable en tiempo real desde el panel privado, con notificaciones en cada cambio de fase.
Formularios oficiales, KYC completo, justificantes de origen de fondos y — cuando proceda — declaración de operaciones.

